viernes, 3 de junio de 2011

Nueva normativa UE: limitación de los periodos de permanencia, portabilidad en 24 horas y permitirá el bloqueo de vozIP


El pasado 25 de mayo de 2011 entro en vigor la nueva normativa europea sobre Telecomunicaciones que deberán incorporarse a los ordenamientos jurídicos de cada país para garantizar un sector más competitivo y mejores servicios a los clientes según Neelie Kroes, Vicepresidenta de la Comisión Europea responsable de la Agenda Digital.
Analicemos los aspectos que traerán consigo la aplicación de la nueva normativa Europea:

Los usuarios tendrán derecho a realizar portabilidad en 24 horas

Las portabilidades que permiten cambiar de operador móvil manteniendo el mismo número de teléfono deberá poderse realizar completamente en un día hábil frente a los cinco días de media que tardan en la actualidad. De momento no sabemos si será obligatorio para todas las portabilidades o podrá solicitarse opcionalmente para los casos en que no suponga una desventaja.
Actializaciónsegún informa la CMTla portabilidad en 1 día es un derecho para el usuario, no una obligación por lo que el usuario siempre puede pedir que la portabilidad se realice más tarde.
Además las operadoras insisten en que el cambio de compañía no deja a los usuarios sin línea en el proceso actual, pero que si se intenta acortar el plazo a 24 horas se eleva el riesgo de que algo falle.
Con la portabilidad exprés, los amagos (aquellos cambios de operador solicitados con el único fin de recibir una contraoferta del actual operador) serán cada vez menos frecuentes aunque en principio podría beneficiarnos a todos los consumidores ya que si lo operadores no tienen tiempo para contraofertar, se verán obligados a satisfacer al usuario mejorando las tarifas generales y los programas de puntos para renovar el móvil ya que en caso contrario, las portabilidades solicitadas seguirán su tramitación para abandonar el actual operador.

Servicios como vozIP podrán no permitirse si se aclara en las condiciones

Pese haber leído en numerosas ocasiones que desde la UE han prohibido el bloqueo de protocolos como la vozIP, la realidad que intentamos aclarar hace tiempo es que a partir del 25 de mayo, losoperadores solo estarán obligados a informar claramente en las condiciones de sus tarifas de internet móvil aspectos como la velocidad de conexión o si existe el bloqueo de algún servicio concreto.
Es decir, como ya ocurre en muchos casos y aclaramos en nuestra comparativa, será el operador el que opte por permitir o bloquear protocolos como vozIP o P2P en sus diferentes tarifas siempre que lo aclaren expresamente. Los contratos también deberán informar de las indemnizaciones y reembolsos si no se alcanzan los niveles mínimos de calidad.

Se delimitan los periodos de permanencia en un operador

Los operadores podrán seguir subvencionando móviles con permanencia aunque se impone un límite de duración máxima de 24 meses en los nuevos contratos de los clientes y además será obligatorio ofrecer contratos de 12 meses.

Mayor privacidad y protección de los consumidores

Existirá mayor claridad sobre los servicios ofrecidos mejorando la información, mayor protección contra las violaciones de los datos personales y contra el correo no deseado (spam) requiriendo el consentimiento del usuario para guardar información o acceder a la misma.
Además la CMT obtendrá mayor independencia en sus competencias (como establecer requisitos mínimos de calidad) aunque las decisiones tomadas podrán ser modificadas si pueden crear un obstáculo al mercado único de servicios de telecomunicaciones panaeuropeo. Para ello, el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE), atenderá las consultas yvelará por la aplicación rápida de la normas de la UE con una mayor seguridad reglamentaria.

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